!!!!!…..TRES (3) DIAS….!!!!!…..SOLO TRES (3) DIAS….!!!!
¡ATENCIÓN VENEZUELA! Militares retirados piden a la AN remover a Maduro aplicando el “decreto Gramcko”
May 17, 2016 @ 2:00 pm
A travĂ©s de una extensa carta, un nutrido grupo de militares retirados solicitĂł este martes a la Asamblea Nacional remover del cargo al presidente Nicolás Maduro “dentro de tres dĂas hábiles”, debido a que Ă©ste no ha podido comprobar su nacionalidad venezolana y, segĂşn ellos, definitivamente ostenta la colombiana.
La carta de diecinueve páginas, disponible en este enlace http://bit.ly/201hSHK , suscrita por altos oficiales en situación de retiro, entre ellos varios ex ministros de la Defensa y ex Comandantes Generales, apoya “la solicitud formulada a la Asamblea Nacional en fecha 20 abril 2016 por el Dr. Enrique Aristeguieta Gramcko en relación con el proyecto de Decreto Legislativo” y piden a la AN “cumplir con su deber constitucional de remover del cargo de presidente de la república, Nicolás Maduro por no cumplir con los requisitos constitucionales de ser venezolano por nacimiento y sin otra nacionalidad”.
El petitorio hace un recuento muy detallado sobre las irregularidades en los documentos de identidad de Maduro y de sus familiares, y explica el encubrimiento por parte del Consejo Nacional Electoral y del Tribunal Supremo de Justicia, para impedir que se conozca la verdadera nacionalidad de Maduro, la cual, segĂşn los uniformados, es colombiana.
Finalmente, los militares en retiro piden:
“A.- Que esta solicitud sea elevada a conocimiento y decisión de la Plenaria de la Asamblea Nacional”.
“B.- Que se decida un nuevo emplazamiento, con tĂ©rmino de sĂłlo tres (3) dĂas laborables de este Ăłrgano, con fundamento en los alegatos de derecho constitucional esgrimidos en este documento, mediante los cuales se analiza y demuestra, la inconstitucionalidad de las actuaciones del Consejo Nacional Electoral, de la Asamblea Nacional en ejercicio en abril de 2013, y de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia al no exigir el cumplimiento de los requisitos concurrentes estipulados en los artĂculos 41 y 227 de la Norma Suprema al Presidente de la RepĂşblica, ya debidamente notificado al Presidente de la RepĂşblica mediante escrito del 12 abril 2016, para que presente sus alegatos y defensas, a los fines de establecer las correspondientes responsabilidades personales”.
“C.- Que a las consideraciones planteadas en este escrito, formuladas por ante esta Asamblea Nacional conforme al Derecho de ParticipaciĂłn PolĂtica, artĂculos 62 y 132 de la Norma Suprema, asĂ como en los artĂculos 78 y 128 del reglamento de interior y debates de la Asamblea Nacional, se les dĂ© el trámite de ley y se hagan constar en las actas”.
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